Por André Santos E.
Presidente del Movimiento FIRMES
No se puede ser republicano y, al mismo tiempo, defender con entusiasmo una Corte Constitucional sin contrapesos reales que interfiere sistemáticamente en las funciones de los otros poderes del Estado.
Según la teoría clásica de la República, la Corte no puede legislar. No le corresponde emitir normas generales que manden, prohíban o permitan conductas a todos los ecuatorianos. Esa facultad exclusiva corresponde al pueblo a través de sus representantes en la Asamblea Nacional: es lo que se conoce como reserva de ley. A lo sumo, la Corte podría ejercer un control de constitucionalidad negativo (declarar la inconstitucionalidad de una norma), potestad con la que tampoco estoy de acuerdo, pero que al menos forma parte de su rol teórico.
Sin embargo, desde hace años la Corte Constitucional ha incurrido en un activismo judicial abusivo, imponiendo a través de sus sentencias una agenda ideológica controvertida, particularmente en lo que se refiere a la llamada “infancia transexual”.
Ha obligado al sistema educativo público y privado a incorporar el adoctrinamiento de género, incluyendo cambios en uniformes, el uso de baños según “identidad de género” (permitiendo que varones biológicos accedan a espacios de niñas), el cambio de nombre y otras medidas similares.
Basta leer con preocupación las recientes sentencias en los casos Salinas 95-18-EP/24 y 4-24-CN/26, que regulan el cambio de género en menores desde los 12 años. Ya en 2018, la Corte había establecido que los menores de esa edad pueden ejercer su “libertad sexual y reproductiva”, y que los padres que se opongan podrían ser sancionados por el Estado, el cual actuaría como un “salvador externo” para garantizar esos supuestos derechos.
Resulta llamativo -y profundamente inquietante- el énfasis que estos magistrados han puesto en la sexualización temprana de los niños, por encima incluso de la patria potestad y la protección integral de la infancia.
Pero esta no es la única agenda que la Corte ha impulsado de forma activa.
Según cifras del Ministerio del Interior, en 2025 se detuvieron a más de 72.000 personas, la gran mayoría en delito flagrante. Sin embargo, más del 90 % salió en libertad gracias a las “medidas alternativas” ordenadas por jueces.
En enero de 2025, mediante la Sentencia 49-21-CN/25, la Corte declaró inconstitucional la prohibición que existía en el COIP para que los reincidentes accedan a medidas sustitutivas de prisión, permitiendo que criminales reincidentes queden en libertad.
Un mes después, en febrero, con el Dictamen 2-25-RC, la misma Corte bloqueó la reforma constitucional propuesta por el Presidente de la República para endurecer la prisión preventiva en casos de terrorismo y crimen organizado (modificando el artículo 77 numerales 1 y 11 de la Constitución).
En junio, la Asamblea Nacional aprobó la Ley de Solidaridad, que entre otras disposiciones prohibía otorgar medidas sustitutivas a procesados por delitos conexos al conflicto armado interno.
Sin embargo, en septiembre la Corte logró lo que el correísmo no consiguió en la Legislatura: declaró inconstitucional esa ley, devolviendo a los jueces la facultad de liberar a miembros de Grupos de Delincuencia Organizada (GDO). Incluso en julio, diez legisladores de la Revolución Ciudadana presentaron un proyecto para legalizar las relaciones sexuales con menores de 14 años y ampliar nuevamente las medidas sustitutivas a favor de delincuentes peligrosos. Aunque esa propuesta fue inadmitida, el patrón es claro.
No se requiere ser jurista para observar la intención político-ideológica de estas decisiones. La Corte Constitucional ha funcionado, de facto, como un brazo jurídico que favorece sistemáticamente tres líneas preocupantes: la imposición de agendas de género en la infancia, la debilitación del sistema penal frente al narco-terrorismo y el bloqueo constante a cualquier reforma que busque fortalecer el orden republicano y la seguridad ciudadana.
Sus fallos han obstaculizado de manera reiterada las herramientas que el Estado necesita para encarcelar con eficacia a los Grupos Armados Organizados y de Delincuencia Organizada. Esto no parece casualidad. El resultado objetivo es un país más inseguro, con mayor impunidad y con instituciones debilitadas.
Es de interés supremo de la Nación que estos magistrados renuncien o sean destituidos. Su permanencia en el cargo representa un riesgo existencial para la República.
A ellos les corresponde recordar las palabras que García Moreno dirigió a Jerónimo Carrión cuando este se aferraba al poder: «Acordaos de que la salud de la República está sobre la vida de los hombres que la conducen a los abismos.»
